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Información Urbanística

Todos los ciudadanos tienen derecho a ser informados por la Administración competente, de forma completa, por escrito y en plazo razonable, del régimen y las condiciones urbanísticas aplicables a una finca determinada, en los términos dispuestos por su legislación reguladora.

Comprende la emisión de: cédulas urbanísticas, certificación de usos, certificados de indivisibilidad, información de planeamiento, etc.

Procedimento:
Forma de inicio: A petición del interesado

Fin de vía: La resolución no pone fin a la vía administrativa.

Plazo de tramitación: Un mes

Órgano resolutorio: Técnico competente y/o Secretario de la Corporación.

Coste del trámite:
Tasa 24,04 €

Documentos a presentar:
a) Instancia de solicitud por duplicado. Se indicará si se solicita una cédula urbanística, certificación de usos,...

b) Dirección completa del inmueble. Si se trata de una finca rústica se deberá indicar el número de parcela y polígono.

c) Fotocopia del último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y/o indicar el número de referencia catastral.

d) Plano de situación.

e) Comprobante de la autoliquidación de la tasa prevista en la ordenanza fiscal del año en curso.

Normativa aplicable:
Normativa aplicable: (Link)

RDL 2/2008. Texto refundido de la Ley del suelo.

L 10/1990. Disciplina urbanística.

PTM. Plan Territorial de Mallorca.

PGOU-00 de Calvià al PtiM (boib núm, 126 EXT de 28/08/09)

L 1/1991. Espacios Naturales y de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Islas Baleares.

POOT. Plan de ordenación de la oferta turística de la isla de Mallorca.

Demás legislación urbanística, autonómica y estatal.