Actualización de la lista de reserva de la adjudicación provisional de 59 viviendas de protección pública y aparcamientos exteriores en Peguera.
Actualización de la lista de reserva de la adjudicación provisional y posterior enajenación por el procedimiento abierto y forma de concurso de 59 viviendas de protección pública y aparcamientos exteriores, sitas en calle Savina esq. calle Bonavida, en Peguera, promovidas por el Ajuntament de Calvià.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de los candidatos de la lista de reserva en el proceso que rige la adjudicación provisional y posterior enajenación por el procedimiento abierto y forma de concurso de 59 viviendas de protección pública y aparcamientos exteriores, sitas en calle Savina esq. calle Bonavida, en Peguera, promovidas por el Ajuntament de Calvià, en las que han reafirmado su interés por obtener una vivienda municipal.
Teniendo en cuenta las competencias genéricas que fueron atribuidas al Teniente de Alcalde Delegado de Vivienda mediante Resolución de 14 de junio de 2011, y en presencia de las que a la Alcaldía otorga la disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público:
DECRETO
Primero.- Declarar aprobada la lista de reserva actualizada de las viviendas Tipo C1 y C2 para la adjudicación provisional y posterior enajenación por el procedimiento abierto y forma de concurso de 59 viviendas de protección pública y aparcamientos exteriores, sitas en calle Savina esq. calle Bonavida, en Peguera, promovidas por el Ajuntament de Calvià, y formada por los candidatos de la citada lista que han reafirmado su interés en la obtención de una vivienda municipal
Segundo.- Declarar decaídos de la lista de reserva y, en consecuencia, tener por renunciados a la vivienda en su día solicitada, a los candidatos de la misma que no han reafirmado su interés por obtener una vivienda municipal en la forma y plazo establecidos.
Tercero.- Publicar el presente decreto, así como la lista de reserva actualizada de las viviendas Tipo C1 y C2, en el tablón de anuncios municipal y en la página web.
Contra la presente resolución cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el art.116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero, el plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ajuntament o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la Resolución en el término de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la Vía Contencioso-Administrativa.
De no utilizar el Recurso Potestativo de Reposición, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 60.1 de la LCAP, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con la redacción dada por el punto segundo de la disposición adicional decimocuarta de la Ley Orgánica 19/2003 de 23 de diciembre; debiendo empezar a contar los plazos desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, sin perjuicio de que, conforme a lo dispuesto en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Calvià, 10 de septiembre de 2012
El Teniente de Alcalde de Vivienda
Daniel Perpiñá Torres