Nueva subvención «Cuota cero dual» para autónomos y mutualistas que ejercen pluriactividad.

La Conselleria de Empresa, Empleo y Energía ha anunciado la nueva subvención «Cuota cero dual», con una dotación inicial de 500.000 euros, destinada a cubrir las cotizaciones de la Seguridad Social de mutualistas y personas que desarrollen pluriactividad.

Esta ayuda está dirigida a trabajadores autónomos y mutualistas dados de alta entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2023.

El plazo de solicitud empieza 6 de septiembre y se extenderá hasta el 22 de este mes. Los beneficiarios deben acreditar ingresos iguales o inferiores al 130% del salario mínimo interprofesional (20.638,80 €). Beneficiarios de la ayuda "Cuota cero dual":

  • Trabajadores autónomos que cotizan en el RETA, no estaban como demandantes de empleo antes del alta y tienen derecho a la tarifa plana de cotización a la Seguridad Social.
  • Trabajadores autónomos que eligen cotizar en la Mutualidad correspondiente.

Requisitos para la ayuda "Cuota cero dual":

  • a) Constar de alta en el RETA o en la Mutualidad correspondiente entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de julio de 2023 y se hayan mantenido de manera ininterrumpida hasta la fecha de la solicitud de la ayuda, excepto en los casos en que justifiquen que el proyecto empresarial se ejecuta de forma estacional o por temporadas.
  • b) Haber cotizado como mínimo las doce primeras cuotas de autónomo entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de julio de 2024; o haber cotizado cuatro cuotas en el caso de actividad estacional.
  • c) Acreditar unos ingresos íntegros (del trabajo, del capital, de las actividades económicas y gananciales y pérdidas patrimoniales) inferiores o iguales al 130 por ciento del Salario mínimo interprofesional vigente a 2024, en la declaración del IRPF del ejercicio 2023. Queden exceptuados de este requisito los mutualistas que consten como demandantes de ocupación antes de dar de alta como autónomos.
  • d) Constar de alta en el Censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • e) Estar empadronado o empadronada en alguno de los municipios de las Illes Balears.
  • f) Llevar a cabo la actividad empresarial y tener el centro de trabajo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • g) Estar al corriente de pago de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria de las Illes Balears y con la Seguridad Social.
  • h) Cumplir todos los requisitos previstos en la convocatoria.

La cuantía de las ayudas será de 80 euros mensuales, correspondientes a las doce mensualidades del primer año de alta al RETA.

Para más información, consulta con el órgano gestor: Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio Plaça de Son Castelló, 1 Palma. (Polígon de Son Castelló) Teléfono de contacto: 971 17 89 00 Además, cabe recordar que el plazo de la subvención "Autónomos consolidación" sigue abierto hasta el 30 de septiembre de 2024.    

IFOC CALVIÀ