El Gobierno de las Islas Baleares ha lanzado una nueva convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la modernización y la mejora de la competitividad de las pequeñas empresas comerciales detallistas y determinados servicios, así como a garantizar la continuidad de los establecimientos emblemáticos en el archipiélago.
EMPRESAS BENEFICIARIAS
Pueden ser beneficiarias de esta línea de ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar.
Estos beneficiarios tienen que ser autónomos o titulares (o ambas cosas) de pequeñas empresas del sector del comercio detallista o de determinadas empresas de servicios, con establecimiento físico en el territorio de las Islas Baleares ya existente, que lleven a cabo venta presencial, con sede social en las Islas Baleares, y que ejerzan alguna de las actividades que se detallan en la convocatoria del BOIB.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
- Inversiones en equipación informática para la mejora tecnológica y digital encaminada a potenciar el e-commerce en establecimientos de venta presencial.
- Inversiones que impliquen un avance hacia una economía baja en carbono, la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de aparatos o sistemas de iluminación de bajo consumo, adquisición e instalación de aparatos de climatización o de conservación de alimentos que supongan una reducción del consumo energético.
- Inversiones para mejorar la accesibilidad y para eliminar barreras arquitectónicas.
- Adquisición e instalación de la equipación necesaria para la modernización del establecimiento (mobiliario, maquinaria relacionada con la actividad comercial del establecimiento, instalaciones, sistemas de alarma y seguridad, TPV, cajones de cobro automático inteligente,...).
- Adquisición e instalación de la equipación necesaria para la mejora de la imagen del establecimiento (rotulación comercial, interior y exterior).
- Obras y reformas en general que comporten la mejora y modernización del establecimiento.
PLAZOS
Presentación de solicitud: hasta el 22 de abril de 2025.
Plazo de ejecución y pago de los gastos objeto de la solicitud de subvención
Los proyectos para los cuales se solicitan estas ayudas se tienen que ejecutar y pagar en el periodo de elegibilidad comprendido entre el 16 de septiembre de 2024 y el de 15 de septiembre de 2025(ambos incluidos).
Plazo para justificar y solicitar el pago de la subvención
El plazo para justificar la realización de las actividades subvencionadas y para solicitar el pago de la subvención acaba el 15 de septiembre de 2025.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
La cuantía de la subvención es del 80 % del coste elegible del proyecto (IVA excluido) y con un total máximo de 9.000,00€ por beneficiario. En ningún caso la cuantía total máxima de la subvención para un mismo beneficiario puede ser superior a los 9.000,00€.
PAGO DE LAS FACTURAS
1.- No se admitirán facturas justificativas inferiores a 200 euros (IVA incluido).
2.- No se admitirán las facturas pagadas en efectivo (independientemente de su importe).
3.- Los justificantes de la inversión subvencionada, es decir, las facturas y sus pagos, deberán estar incluidos dentro del periodo de elegibilidad comprendido entre el 16 de septiembre de 2024 y el 15 de septiembre de 2025.
FORMA DE PRESENTACIÓN
De forma telemática a través del registro electrónico.
Los interesados en optar a estas subvenciones pueden consultar las bases y realizar los trámites correspondientes a través del siguiente enlace oficial:
Más información AQUÍ
Información de contacto:
Dirección General de Empresa, Autónomos y Comercio
Gobierno de les Illes Balears
Tel. 971 17 63 00