La tramitación de las solicitudes debe hacerse a través de la sede electrónica https://seuelectronica.calvia.com/opensiac/action/main?method=enter
De lunes a viernes: de 9 a 18 h
Sábados, domingos y festivos: de 9 a 13 h
Del 1 de abril al 31 de octubre: de 09 h. a 20 h.
Del 1 de noviembre al 31 de marzo: de 09 h. a 18 h.
Teléfono: 971 67 03 15
COMO TRAMITARLO:
De forma presencial aportará la solicitud junto a la documentación requerida y el documento de autoliquidación en las oficinas de Registro del Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC). De forma telemática a través de la sede electrónica.
Movilidad y Servicios Urbanos
Contacto: Movilidad y Servicios Urbanos
Dirección: C/ Ses Quarterades, 22 Calvià
Avisos, incidencias e información: mobilitat@calvia.com
¿dónde gestionarlo?
Servei d'atenció al Ciutadà de l'Ajuntament de Calvià. Mobilitat
Carrer Julià Bujosa Sans, Batle nº1
Teléfono: 971-139-100
Horario: 09-14 horas
Es el procedimiento por el cual se autoriza administrativamente el traslado de cadáveres o de restos humanos.
Pueden solicitarlo los titulares y cotitulares del nicho/sepultura/columbario de alquiler y/o propiedad ubicados en el municipio de Calvià.
Para el traslado de restos ubicados en nichos y sepulturas, durante los meses de junio a septiembre no se procederá al traslado.
- Instancia específica (señalando si presencialmente acudirán a la exhumación)
- Declaración responsable que acredite:
a) Titulo de concesión sepultura/nicho/columbario del lugar de exhumación.
b) Título de concesión sepultura/nicho/columbario del lugar de inhumación.
c) DNI/NIE original y/o de los cotitulares
- Certificado de defunción/cremación del Registro Civil.
- Autorización de sanidad (en caso de traslado fuera del Municipio de Calvià)*Carrer
de Jesús no 38 A, Palma.
- Autorización del juzgado (en caso de ser judicial)
Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de que el ciudadano, pague y acredite la tasa.
La cuantía de la tasa se regula con la siguiente tarifa:
Servicio de enterramiento: Por cada enterramiento, entre otros, se abonará por los gastos del material y mano de obra que ocasione la prestación de este servicio: 67,50€.
Por cada unidad del columbario 20,00€
Exhumaciones: Utilizando bolsa: Se abonará por los gastos del material y mano de obra que ocasione la prestación de este servicio la cantidad de 71,50€
Utilizando urna para restos: Se abonará por los gastos del material y mano de obra que ocasione la prestación de este servicio la cantidad de 89,50 €
Por la venta de urna de restos mortuorios, por cada unidad 22,00€
https://www.calvia.com/es/contenido-areas-municipales/resolveuid/c99cf1137510481c8e992e00201a71ef-ca
4B: TRANMISSIÓ DRETS FUNERARIS MORTIS CAUSA
Es el procedimiento por el cual se solicita una transmisión de los derechos legítimos y directos sobre un nicho/columbario/sepultura ubicada en el término municipal.
¿Quién puede solicitarlo?
Tendrá la consideración de beneficiario de la concesión, el que resulte heredero o legatario de esta, según resulte del registro general de últimas voluntades, escritura de manifestación y aceptación de herencia, declaración judicial de herederos ab intestato o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
- Instancia específica (datos cotitulares firmado)
- Declaración responsable que acredite:
a) Título de concesión sepultura/nicho/columbario
b) DNI/NIE original y/o de los cotitulares
c) Libro de familia
- Certificado de defunción/cremación
- Aceptación de herencia/ Certificado últimas voluntades/Declaración de herederos
Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de que el ciudadano, pague y acredite la tasa.
La cuantía de la tasa se regula con la siguiente tarifa:
TASA TRANSMISIÓN
1. 5.5 % del valor del nicho/sepultura en el caso de familiares ascendientes y descendientes en línea recta, colaterales hasta el cuarto grado por consanguinidad o segundo por afinidad y cónyuge del titular.
2. 20% del valor del nicho/sepultura en el resto de los casos.
4C: TRANMISSIÓ DRETS FUNERARIS INTER VIUS
Es el procedimiento por el cual se solicita una transmisión sobre derechos funerarios del nicho/columbario/sepultura en título de concesión ubicado en el término municipal, entre personas en vida.
¿Quién puede solicitarlo?
Los ascendientes y descendientes en línea recta, colaterales hasta el cuarto grado por
consanguinidad o segundo por afinidad y cónyuge del titular sobre el nicho/sepultura/columbarios ubicados en el municipio de Calvià.
Otros cotitulares del mismo derecho funerario.
- Instancia específica (datos cotitulares y firmado)
- Declaración que responsable que acredite:
a) Título de concesión sepultura/nicho/columbario
b) DNI/NIE original y/o de los cotitulares
c) Empadronados en Calvià
Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de que el ciudadano, pague y acredite la tasa.
La cuantía de la tasa se regula con la siguiente tarifa:
TASA TRANSMISIÓN (para transmisiones mortis-causa/inter.-vivos) :
1. 5.5 % del valor del nicho/sepultura en el caso de familiares ascendientes y descendientes en línea recta, colaterales hasta el cuarto grado por consanguinidad o segundo por afinidad y cónyuge del titular.
2. 20% del valor del nicho/sepultura en el resto de los casos.
4D: CONCESSIÓ NITXO – COLUMBARI – SEPULTURA
Procedimiento por el cual se solicita la concesión de nichos/columbarios y/o sepulturas en el cementerio municipal, una vez se autorice la disponibilidad.
¿Quién puede solicitarlo?
Los empadronados en el Municipio. Que no sean titulares de concesión anterior, bien de un máximo de 4 nichos o 1 sepultura.
- Instancia específica (datos de los cotitulares firmado)
- Declaración responsable que acredite:
a) DNI/NIE original y/o de los cotitulares
Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de que el ciudadano, pague y acredite la tasa
La cuantía de la tasa se regula con la siguiente tarifa:
-Para una sepultura por unidad de enterramiento: 2.250€
-Para un nicho de pared por unidad: 1.500€.
-Para un columbario de 21x30x6cm (exterior metálico e interior plástico): 150,00€
-Para un columbario de 40x35x40cm (exterior e interior metálico): 300,00€
-Para un columbario de 31x50x30cm (de obra en pared con placa mármol): 450,00 €
-Para un columbario de 31x90x30 cm (de obra en pared con placa mármol): 750,00€
-Por expedición inicial de títulos de concesiones y duplicados, se abonará por unidad la suma de 6,00
4E: LLOGUER - RENOVACIÓ
Es el procedimiento por el cual se solicita un arrendamiento de un nicho o un columbario.
¿Quién puede solicitarlo?
Los que acrediten su condición de familiar o interesado en la inhumación de un cadáver o de los restos. El plazo será de 5 años y prorrogable otros 5 años más. Si la concesión del arrendamiento tuviere lugar en el periodo comprendido entre los días 1 de diciembre y 31 de mayo siguiente, el arrendamiento vencerá el día 30 de junio inmediato siguiente al transcurso de cinco años completos desde la concesión. Si la concesión del arrendamiento tuviere lugar en el periodo comprendido entre los días 1 de junio y 30 de noviembre siguiente, el arrendamiento vencerá el día 31 de diciembre inmediato siguiente al transcurso de cinco años completos desde la concesión.
- Instancia específica
- Declaración responsable que acredite:
- DNI/NIE original y/o de los titulares
- Certificado de defunción o de incineración
Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de que el ciudadano, pague y acredite la tasa
(El plazo de los arrendamientos será como mínimo de 5 años y como máximo de 10)
La cuantía de la tasa se regula con la siguiente tarifa:
Por unidad de enterramiento y año= 50€ (50 x 5 años=250€)
Columbarios individuales de 21x30x6cm por año= 10,00€
Columbario familiares de 40x35x40cm por año= 24,00€
Columbario familiares de 31x50x30cm (de obra en pared con placa mármol)= 36,00€
Columbario familiares de 31x90x30cm (de obra en pared con placa mármol)= 60,00€
Servicio de enterramiento: por cada enterramiento, se abonará los gastos del material y mano de obra que ocasione la prestación de este servicio: 67,50€
Servicio de enterramiento en un columbario, por cada unidad, se abonará 20,00€
Las exhumaciones utilizando urnas para restos: se abonará los gastos del material y mano de obra que ocasione la prestación de este servicio: 89,50€
Las exhumaciones utilizando bolsa, se abonará por los gastos del material y mano de obra que ocasione la prestación de este servicio: 71,50€
La venta de urna de restos mortuorios son 22,00€ por unidad.
NORMATIVA
https://drive.google.com/open?id=1H2jTTSh1qfZ9NPlJMPYar-IgHEjUfKZ-