Contacto: Movilidad y Servicios Urbanos

Dirección: C/ Ses Quarterades, 22 Calvià

Avisos, incidencias e información:  mobilitat@calvia.com

¿CÓMO TRAMITARLO?  La tramitación de las solicitudes debe hacerse a través de la sede electrónica 

https://seuelectronica.calvia.com/opensiac/action/main?method=enter

o aportando la solicitud y la documentación requerida y el documento de autoliquidación en las oficinas del Registro de Atención a la Ciudadanía (SAC).

Solicitudes

1.  VADO PERMANENTE

Es el procedimiento por el cual se solicita un permiso para el paso de vehículos, es

decir la reserva del derecho de entrada y salida del paso de vehículos, en todo caso deberá estar dotado de la señalización adecuada.

DOCUMENTACIÓN QUE APORTAR:

 

A: Si se solicita para una vivienda particular:

  1. Instancia general.
  2. Declaración responsable que acredite el
  3. a) DNI original del propietario.
  4. b) Justificante de pago del último IBI donde conste en no catastral.

 

B: Si se solicita para una comunidad de vecinos:

1.Instancia general.

2.Declaración que responsable que acredite:

  1. a) DNI original del presidente/a de la comunidad.
  2. b) Justificante de pago del último IBI (de cualquier vecino) donde conste el no catastral de

la comunidad.

  1. Acta donde conste que él/ella es el/la presidente de la comunidad.
  2. Acta de reunión donde conste la aprobación de solicitud del vado.

 

C: Si se solicita para una empresa de una persona física (o autónomo):

1.Instancia general.

2.Declaración que responsable que acredite:

  1. a) DNI original del propietario del local.
  2. b) Justificante de pago del último IBI donde conste el no catastral.

 

D: Si se solicita para una empresa (o vivienda particular a nombre de una empresa):

  1. Instancia general.
  2. Declaración responsable que acredite:
  3. a) DNI original del representante legal de la empresa
  4. b) justificante de pago del último IBI donde conste el no catastral.
  5. Constitución de la sociedad ante notario.

No es necesario aportarla, pero deberán disponer de la licencia de aparcamiento.

 

E: Para un duplicado:

  1. Instancia general.

-2. Declaración responsable que acredite:

  1. a) DNI original del propietario.
  2. b) Justificante de pago del vado del año anterior o justificante de pago del último IBI.

 

*Debe estar el rebaje de acera junto al IBI correspondiente, que se solicita en el

Departamento de Urbanismo.

Enlace pastilla tasas

 

*Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de

que el ciudadano, pague y acredite el pago de la tasa.

 

TARIFAS:

En orden a la Ordenanza La cuantía de la tasa se regula con la siguiente tarifa:

  1. Para la reserva permanente de vía pública:

- Con un mínimo 4 metros lineales: 114,75€ (anual) / 57,38€ (semestral),-

- Por metro lineal que exceda de los 4 metros lineales: 28,50€ (anual).

- Placa de vado permanente: 51,65€.

 

  1. Para la pintura vial amarilla:

- Mínimo 4 metros lineales: 24€.

- Por metro lineal que exceda de los 4 metros lineales: 1,80€.

2. OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA- OVP: Corte de calles. Reserva de estacionamiento. Paso de camiones

Ocupación de vía pública: Procedimiento por el que se solicita  para la realización de obras, instalaciones, colocación de contenedores , mobiliario urbano o cualquier otro elemento u objeto de forma provisional en las vías de titularidad municipal.

Reserva de estacionamiento: Prohibición de no estacionar en vía pública con la finalidad de permitir el paso y la maniobra de vehículos.

Corte de calle: Procedimiento para interrumpir la circulación del tráfico rodado total o parcialmente.

Paso de vehículos que exceden de tonelaje permitido: Procedimiento para la autorización de paso de vehículos con exceso de carga o peso.

 Debe solicitarse con 10 días hábiles de antelación. 

DOCUMENTACIÓN QUE APORTAR:

- Instancia específica indicando:

  1. Motivo por el cual se solicita el permiso
  2. Días y horas por el cual se solicita el permiso
  3. Dirección para la que se solicita el permiso
  4. Señalización (plano vía pública)
  5. Metros de ocupación

En el caso de solicitudes de permiso de paso de vehículos con exceso de peso o tonelaje se requerirá una ficha técnica del vehículo.

 - Pago de tasas / liquidación: En el plazo máximo de 2 días hábiles se remitirá, por correo electrónico, el documento original de autoliquidación, a fin de que los ciudadanos/as abonen y acrediten la tasa. La cuantía de las tasas está fijada en las Ordenanzas Municipales.

- Plano de señalización facultativo

 

TARIFAS:

En orden a la Ordenanza fiscal reguladora, para una autorización de ocupación de terrenos de uso público con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, andamios y otras instalaciones análogas se estipula las siguientes tarifas:

 

  1. a) vallas (metro lineal)........0,10 euros/día
  2. b) andamios (metro lineal).....0,09 euros/día
  3. c) puntuales (por elementos).....0,05 euros/día
  4. d) asnillas (metro lineal) .....0,05 euros/día
  5. e) mercancías (m2)......0,6 euros/día
  6. f) materiales de construcción y escombros......1,5 euros/día
  7. g) guías de acarreo de materiales:

g1)con base instalada en vía pública...1,5 euros/día

g2) vuelo del brazo en la vía pública...1,5 euros/día

 

En orden a la Ordenanza fiscal, la cuantía de la tasa se regulará con la siguiente tarifa:

Por el estudio técnico de señalización........62,00 euros/día

Por hora o fracción de Policía Local.... 46,00 euros/día

Por vehículo turismo de Policía Local desplazado….18,00 euros/día

 

 

 

3. ORA 

 

Ordenación y regulación del aparcamiento ORA: Procedimiento por el cual se solicita un distintivo de residente para excluir la limitación de tiempo y la obligación de obtención de ticket, el estacionamiento que está sujeto al pago de tasa, según la regulación sobre los estacionamientos en superficie disponibles en el término municipal de Calvià. El período de ORA está comprendido entre los meses de abril a octubre.

 

¿Quién puede solicitarlo?

Los propietarios de vehículos que sean personas físicas con domicilio en una zona calificada como ORA podrán obtener el distintivo de “residente” que les permite quedar excluidos de la obligación de obtención de ticket dentro de su propia zona de residencia, siempre y cuando se den las siguientes condiciones:

 

  1. a) Figurar empadronados en viviendas situadas en las calles o tramos de calle sometidas a

regulación ORA.

  1. b) Tener el vehículo dado de alta en el correspondiente impuesto municipal sobre circulación de vehículos en el mismo domicilio del apartado anterior, estar al corriente de pago de impuestos municipales y no superar una capacidad de nueve plazas incluido el conductor.

 

No se otorgarán distintivos de residente para vehículos de más de nueve plazas, furgonetas o vehículos mixtos, ni a camiones, autobuses, autobuses articulados, remolques, semirremolques, tractocamiones, caravanas, autocaravanas o tractores, sea cual sea su número de plazas.

 

DOCUMENTACIÓN QUE APORTAR:

- Instancia

- Declaración responsable que acredite:

  1. a) DNI/NIE original
  2. b) Permiso de circulación original y/o copia

- *Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de

que el ciudadano, pague y acredite la tasa

Para la recogida de la pegatina distintiva ORA, una vez concedida, los ciudanos/as acudirán a la oficina en calle Mar Mediterráneo, no14, Polígono de Son Bugadelles, en horario de oficina 09:30 a 13:30 y de 16:30 a 20:00 horas.

 

TARIFA:

La cuantía de la tasa se regula con la siguiente tarifa anual o semestral:

Distintivos.- Para residentes en las Zonas, la cuantía se estipula en 22,00 euros.

En solicitudes efectuadas con posterioridad al 30 de Junio, la cuantía será de 10,80 euros.

 

4. ACIRE

 

El procedimiento para solicitar la tarjeta ACIRE para acceder a las denominadas áreas de circulación restringida reguladas en la ordenanza municipal de circulación. Se trata de zonas especiales en las que sólo se permite la circulación de los vehículos autorizados y que, por tanto, disponen de la tarjeta de ACIRE correspondiente, o de los exentos de obtener autorización por sus características especiales.

 

¿Quién puede solicitarlo?

Habilitar para el acceso y circulación de vehículos dentro de las zonas con la consideración de área restringida de circulación, puede ser otorgada:

- Para aquellos vehículos cuyos propietarios tengan su residencia efectiva y se encuentren empadronados en viviendas situadas en el interior del ACIRE.

- Para vehículos que dispongan de un estacionamiento concreto y determinado en vestíbulos, cocheras, garajes o espacios privados al aire libre situados en el interior del ACIRE.

- Para vehículos cuyos propietarios sean titulares de establecimientos comerciales, locales industriales o despachos profesionales situados en el interior del ACIRE.

 

Documentación que aportar

- Declaración responsable que acredite:

  1. a) permiso de circulación del vehículo que deben coincidir con el titular del vehículo y el titular de la actividad.
  2. b) DNI/NIE original

 

*Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de que el ciudadano, pague y acredite la tasa de 6,00 euros

 

La tarjeta tendrá una validez (autorización) de 2 años desde la fecha de concesión.

 

 

 

5. TARJETA DE MOVILIDAD REDUCIDA

 

Procedimiento por el cual se solicita una concesión o renovación de la

tarjeta de estacionamiento para ciudadanos/as que presentan movilidad o visión reducidas.

En cualquier momento. La tarjeta tendrá una validez de 5 años si es definitiva o la fecha que venga

señalada por el informe del IBAS.

 

Documentación que aportar

 - Instancia específica

- 2 fotos de carnet en color, idénticas y actualizadas (1 foto si es renovación)

- Declaración responsable que acredite:

  1. a) DNI/NIE original y/o copia
  2. b) Dictamen actualizado emitido por el IBAS que acredite la discapacidad; ya que entre los requisitos han de tener el certificado o resolución de graves problemas de movilidad, con un mínimo de 7 puntos emitido por la Dirección General de Servicios Sociales, y, un mínimo del 33 por ciento de minusvalía. O reconociendo el grado de discapacidad por agudeza visual o igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos.

- Tarjeta antigua original y/o copia (solo si es renovación)

 

*Pago de tasas / liquidación: Mediante el documento original de autoliquidación, a fin de

que el ciudadano, pague y acredite la tasa.

 

Al tramitarse, hay que acudir a recoger la tarjeta. Si es de renovación, se ha de aportar la tarjeta antigua.

  

 

 

6. TARJETA DE CARGA Y DESCARGA

 

 

7. TARJETA DE ESTACIONAMIENTO LIMITADO