Ir al contenido de la web
Logotipo Ayuntamiento de Calvia

Imprimir p gina

Compartir en Linkedin

Compartir en Facebook

Compartir en Twitter

Solicitud de acceso a información

1.Qué es el acceso a la información pública?

2. Quién puede solicitar acceso a la información pública?

3. Qué tengo que hacer para ejercer mi derecho de acceso en la información pública?

4. Dónde y como tramitar mi solicitud de acceso a la información pública.

5. Cuál es el plazo de resolución?

6. Qué pasa si no contestan a mi solicitud?: silencio administrativo

 

 7. ¿Puedo recurrir si no estoy de acuerdo con la contestación o el Ayuntamiento no me contesta?

Las resoluciones dictadas por el Ayuntamiento en materia de acceso a la información pública son recurribles directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de la reclamación potestativa prevista en el artículo 24. En este caso, las reclamaciones ser harán llegar al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, al que las personas afectadas podrán dirigir las reclamaciones previa a la vía judicial contencioso - administrativa, usando este formulario de reclamación.

Puede presentar el formulario de reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno de las siguientes maneras:

  • por correo electrónico a reclamaciones.ccaa@consejodetransparencia.es
  • Por correo postal, enviando una carta a c/ José Abascal, 2 - 5ª Planta. 28003. Madrid
  • Presencialmente en un registro público (dirigido al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno) o en la sede del organismo C/ José Abascal, 2 - 5ª Planta. 28003 Madrid

Si tiene dudas, puede contactar con la unidad de atención a la ciudadanía del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: teléfonos 912733311 y 912733308.

8. Otros datos de interés

9. Qué órganos son los responsables en el Ayuntamiento de Calvià de resolver las solicitudes de acceso a información pública?